Coste en aduana / Paquetes de fuera de la UE / Paquete retenido

Paquete retenido en aduanas: qué hacer

Que un envío figure «retenido en aduana» casi nunca significa que lo hayan intervenido. En la práctica quiere decir que falta algo para despacharlo, y mientras no aparezca ese algo el paquete está parado en un almacén. Esto es lo que falta normalmente, lo que tienes que hacer y, sobre todo, los plazos que corren sin que te avisen.

Por qué está parado: solo hay tres motivos reales

El Código Aduanero de la Unión los enumera uno por uno. Tu paquete está en uno de estos casos:

Falta documentaciónNo se han entregado los documentos de los que depende el despacho: factura de compra, valor declarado, tu identificación o una autorización de despacho. Es el motivo más común con diferencia en compras por internet.
Falta pagarLos derechos y el IVA no se han pagado ni garantizado en el plazo dado. Hasta que no se abonan, no hay entrega.
El producto está restringidoHay prohibición o restricción: medicamentos, alimentos, productos con pilas de litio, réplicas, material que exige certificado. Aquí no se resuelve pagando.
Si no es ninguno de los tres, no es una retención aduanera. Un envío que lleva semanas «en tránsito» o «en proceso aduanero» sin notificación suele estar simplemente en cola de un almacén saturado, y eso se reclama al transportista, no a la aduana.

Los plazos que corren, y casi nadie te dice

Son los del Reglamento (UE) 952/2013. Corren solos, tanto si te enteras como si no:

90 díasEs el tiempo máximo que la mercancía puede estar en depósito temporal. Pasados, deja de ser un paquete esperando y pasa a estar en situación irregular. Art. 149
10 díasPlazo máximo para pagar una vez te notifican la deuda aduanera. No lo fija el transportista: lo fija la norma como tope. Art. 108
120 díasLo que tiene la aduana para resolver y notificarte una solicitud que le presentes, y debe avisarte antes de vencer si no va a llegar. Art. 22.3
3 añosPara pedir la devolución de lo que te cobraron de más por un exceso de cobro o un error de la Administración. Un año si la mercancía era defectuosa o no se correspondía con lo pedido. Art. 121

Qué pasa si no haces nada

No es que el paquete «se devuelva al remitente» por sistema. La norma permite a la aduana decomisar la mercancía y venderla o destruirla cuando no se entregan los documentos, cuando no se paga en plazo o cuando no se retira tras el levante. Art. 198 Y los gastos de almacenaje de esos días se siguen devengando.

Paso a paso, según quién lo tenga

La documentación que piden casi siempre

El error que más caro sale: dejar de responder porque la cantidad parece abusiva. Si crees que te han cobrado de más, paga y reclama después: tienes tres años para pedir la devolución, y mientras tanto el paquete no acumula almacenaje ni entra en el supuesto de venta o destrucción. Y si lo que discutes es la decisión en sí, cualquier persona afectada tiene derecho de recurso en dos fases. Arts. 121 y 44

Comprueba si la cantidad que te piden cuadra

Antes de pagar, mira si el importe se parece a lo que debería salir. Si se desvía mucho, pide el desglose: tributos por un lado y tarifa de gestión del operador por otro.

Calcula tu paquete

Distintos de verdad: tres camisetas iguales cuentan como uno. Una camiseta, un pantalón y unos calcetines cuentan como tres.

Se paga en aduana, además del precio—

De dónde sale esto